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Cadena perpetua y menores delincuentes: ¿qué es justo y correcto?

28 de junio de 2018

Por Dean I Weitzman, Esq.

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Un niño de 13 años no es un adulto.

Sin embargo, cuando un niño de 13 años comete un crimen atroz, nuestro sistema judicial en Estados Unidos puede tratarlo como a un adulto y encerrarlo de por vida.

Ese fue el caso de Joe Harris Sullivan, condenado hace 20 años en un tribunal de Florida por golpear y violar a una anciana tras un robo en su domicilio, todo ello cuando tenía 13 años. Ya se había metido en líos con la ley antes y a tan corta edad tenía unos antecedentes penales considerables. El juez del caso tuvo en cuenta sus 17 delitos anteriores en la sentencia de Sullivan, que fue ingresado en prisión con cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.

barrotes de la cárcel sujetados por un preso en la celda

Crédito de la imagen: © iStockphoto.com/Zemdega

La idoneidad de esa condena está ahora en el centro de una revisión ante el Tribunal Supremo de EE.UU., según un reciente reportaje en El Washington Post. El Tribunal Supremo también está revisando por separado un caso similar en Florida en el que estaba implicado un chico que tenía 16 años cuando ayudó a otros jóvenes a robar en un restaurante. Mientras estaba en libertad condicional al año siguiente, ese chico, Terrance Jamar Graham, participó en un robo a mano armada. El juez tuvo en cuenta los antecedentes penales de Graham y lo condenó a cadena perpetua sin libertad condicional, bajo el supuesto de que nunca cambiaría sus costumbres delictivas.

Ninguno de estos delitos es menor. Son aborrecibles. Son violentos. Son imperdonables. Al mismo tiempo, sin embargo, fueron cometidos por niños que tenían 13 y 16 años cuando ocurrieron los crímenes. ¿Deberían haber sido condenados a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional?

Esa es la cuestión que abordará el Tribunal Supremo.

La organización sin ánimo de lucro Equal Justice Initiative (EJI), con sede en Montgomery (Alabama), representa a Sullivan en el caso. EJI ofrece representación legal a acusados indigentes y presos a los que el sistema judicial puede haber negado un trato justo y equitativo. Los abogados del grupo ven este tipo de casos con demasiada frecuencia.

La cuestión clave en ambos casos "es si los principios fundamentales que sustentan una decisión del Tribunal Supremo de 2005 que declaró inconstitucional la pena de muerte para los menores deben aplicarse también a las condenas a cadena perpetua impuestas a menores condenados por delitos no letales", según una noticia de El Christian Science Monitor pasado mayo.

En ese caso de 2005, el Tribunal Supremo dictaminó por un estrecho margen que los menores no podían ser condenados a una pena tan dura como la pena de muerte. En la opinión mayoritaria del caso, el juez Anthony M. Kennedy escribió que "la realidad de que los menores aún luchan por definir su identidad significa que es menos sostenible concluir que incluso un crimen atroz cometido por un menor es prueba de un carácter irremediablemente depravado", según El Washington Post. "Sería erróneo equiparar los fallos de un menor con los de un adulto, pues existe una mayor posibilidad de que las deficiencias de carácter de un menor se reformen".

Estos casos están llenos de tragedias por todas partes, desde las víctimas hasta las vidas y futuros perdidos de los dos muchachos que llevaron a cabo estos crímenes hace unos 20 años.

Pero la respuesta es clara: a pesar de la gravedad de los delitos, ambos fueron cometidos por muchachos que sin duda carecían de la madurez y la experiencia necesarias para detenerlos en sus atroces actos. ¿Se equivocaron antes los tribunales de Florida al imponer penas de cadena perpetua sin libertad condicional? ¿Podían esos jueces saber con certeza que los jóvenes que tenían ante sí no eran capaces de rehabilitarse? ¿Debemos aceptar como sociedad que la cadena perpetua sin libertad condicional es aceptable para los delincuentes a una edad tan temprana?

No son preguntas fáciles, pero lo esencial es que una persona que comete un grave error de niño y comete un delito debería al menos tener la oportunidad de hacer algo con su vida algún día. Como sociedad, como seres humanos, debe haber formas de que la gente se cure, se rehabilite, vuelva a intentarlo.

Sí, puede que sigan fracasando. Pero nosotros, como sociedad, fracasamos aún más si no proporcionamos algún mecanismo de compasión, de curación, de mejora en la vida de los jóvenes que cometen graves errores cuando son sólo niños.

Las decisiones del Tribunal Supremo en los dos casos se esperan para el próximo mes de julio. Esperamos que sean decisiones apropiadas que prohíban a los tribunales estadounidenses condenar a menores a cadena perpetua sin libertad condicional en el futuro.

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